Todo, desde la primera carta hasta recibir el pago, en el orden en que lo hará. Marque cada paso; su avance se guarda en este navegador.
1 a 3 semanas antes
Michigan no exige una carta de reclamo de pago, pero el tribunal sugiere intentar llegar a un acuerdo primero, y un reclamo por escrito es buena prueba.
Use el generador gratis de cartas de reclamo, dé de 10 a 14 días y guarde una copia con prueba de la fecha de envío.
En Míchigan puede demandar por hasta $7,000 en Small Claims Division of the District Court (División de Reclamos Menores del Tribunal de Distrito).
Haga la revisión de 60 segundos para ver el último día para presentar.
Use el nombre registrado y el agente residente (resident agent) que aparecen ahí.
1 o 2 tardes
DC 84: Affidavit and Claim, Small Claims (Declaración jurada y demanda de reclamos menores). Obtener el formulario (en inglés).
La demanda se debe firmar bajo juramento ante el secretario del tribunal o un notario; no la firme antes.
Presente 4 copias del formulario DC 84.
Día de presentación
Elija cómo la presentará:
Presente la demanda en el tribunal de distrito donde ocurrió el problema o donde vive, trabaja o hace negocios el demandado. Debe firmar la demanda bajo juramento ante el secretario del tribunal o un notario, así que no la firme antes. Lleve 4 copias y una identificación con foto.
$30 para reclamos de hasta $600, $50 hasta $1,750 y $70 por encima de eso. La notificación cuesta aparte: unos $15 por correo certificado, o hasta $26 más millaje por entrega en persona. Si gana, sus costos se pueden sumar a la sentencia. ¿No puede pagarla? Pida una exención de cuotas: Fee Waiver Request (Solicitud de exención de cuotas, formulario MC 20).
El secretario del tribunal fija la fecha de la audiencia y organiza la notificación, que usted paga.
Justo después de presentar
El secretario del tribunal organiza la notificación, y usted la paga: correo certificado con entrega restringida, o entrega en persona por un notificador o un oficial del tribunal (court officer).
El demandado debe recibir el aviso al menos 7 días antes de la audiencia; si no, el secretario del tribunal fija una nueva fecha y vuelve a notificar sin costo adicional.
El secretario del tribunal organiza la notificación y la registra; antes de la audiencia, confirme con el secretario que la notificación se completó.
No espere a la audiencia. Pida de inmediato al secretario una nueva fecha y pruebe otro método, como la entrega en persona en vez del correo, u otra dirección.
1 a 4 semanas antes
El demandado no presenta una respuesta, pero puede presentar una contrademanda o pedir que el caso pase a la división civil general.
Si llegan a un acuerdo, avise por escrito al secretario del tribunal para que el caso se desestime o se registre el acuerdo.
Ponga cualquier acuerdo por escrito, firmado por ambas partes, con el monto y la fecha de pago.
Un testigo que vio lo que pasó vale más que una declaración escrita; algunos jueces no aceptan cartas.
Pida al secretario del tribunal una citación (subpoena) para un testigo.
Día de la audiencia
Hable al juez, no a la otra parte. Mantenga la calma, conteste lo que le preguntan y no interrumpa. Si necesita intérprete, pídalo con anticipación.
Si el demandado no va, usted puede obtener una sentencia en rebeldía. Si usted no va, su caso se desestima.
Semanas o meses
Si un magistrado decide su caso, cualquiera de las partes puede apelar ante un juez de distrito dentro de 7 días, y el juez lo vuelve a escuchar; esa decisión es definitiva. Si un juez escucha el caso desde el principio, no hay ninguna apelación. Antes de la audiencia, cualquiera de las partes puede pasar el caso a la división civil general (formulario DC 86), donde se permiten abogados, jurados y apelaciones.
El tribunal no cobra por usted. A partir de 21 días después de la sentencia, puede embargar el salario o cuentas bancarias, o embargar bienes; cada paso requiere sus propios formularios y cuotas.
Guarde prueba de cada pago. Cuando le paguen todo, avise al tribunal; algunos tribunales piden un formulario de cumplimiento de sentencia (satisfaction of judgment).